Alejandra Ancheita *
L
a grave situación de violación de los derechos humanos en México se hace cada vez más evidente. Los 26 mil desaparecidos –según datos oficiales–, las ejecuciones extrajudiciales y la criminalización de la protesta social y pacífica de las comunidades y colectivos que exigen respeto a sus garantías son sólo algunos ejemplos de los profundos problemas que enfrenta la defensa de las garantías fundamentales en este país.
El caso de la matanza de jóvenes en Tlatlaya, en el estado de México, acontecida en junio del presente año a manos de elementos del Ejército federal, y la desaparición de 43 estudiantes de la normal rural de Ayotzinapa, ocurrida en Iguala, Guerrero, el pasado 26 de septiembre, han despertado serias dudas sobre la capacidad de las instituciones del Estado mexicano para investigar, identificar y sancionar a los posibles responsables, así como para establecer la reparación del daño y las medidas de no repetición. Las crecientes agresiones a que se enfrentan los defensores de derechos humanos en México evidencian la corrupción, inefectividad y el círculo de impunidad en que operan las instituciones.
Por otro lado, tal como constata la Red Internacional para los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Red-DESC), compuesta por más de 220 organizaciones y 50 defensores en 70 países, activistas de derechos humanos de Filipinas a Ecuador, pasando por Nigeria, por dar sólo algunos ejemplos, se enfrentan a la represión, la difamación y la criminalización. En numerosos casos, sus comunidades y organizaciones son objeto de amenazas por parte de intereses privados, incluidas las empresas trasnacionales.
En el contexto de violencia generalizada e instituciones ineficientes en México, las violaciones a los derechos económicos, sociales y culturales (conocidos como los DESC) perpetradas por trasnacionales requieren de mayor atención. El caso del núcleo ejidal La Sierrita, en el estado de Durango, ante la empresa minera canadiense Excellon Resources Inc., da respuesta a algunas de las preguntas más estructurales en la defensa de la tierra, el territorio y bienes naturales. ProDESC, la organización que fundé en 2005, acompaña este proceso desde hace siete años por medio del litigio en los tribunales, así como de diversas acciones para impulsar la rendición de cuentas de la empresa.
Sin embargo, este ejemplo no es exclusivo de México. ProDESC y otros miembros del grupo de trabajo de empresas y derechos humanos de la Red-DESC, reunidos en el Foro de los Pueblos realizado en Bogotá el pasado mes de septiembre, conocimos de innumerables denuncias de casos similares en todas las regiones del mundo.
Como parte de la defensa de los derechos económicos, sociales y culturales, las organizaciones que conformamos la Red-DESC nos articulamos para lograr una legislación que regule los actores corporativos y trabajamos por hacer frente a la influencia que tienen sobre las instituciones públicas y las autoridades gubernamentales en cuanto a la creación y aplicación de leyes, resolución de juicios y uso de los cuerpos públicos de seguridad.
Las condiciones de construir procesos de rendición de cuentas ante empresas trasnacionales es un trabajo innovador, pero cuyo fortalecimiento es necesario, y es también una de las razones, además de mi compromiso durante más de una década en la defensa de los derechos humanos, por las que en octubre de este año me fue otorgado el premio Martin Ennals, conocido como el
Nobel de los derechos humanos.
La celebración por este premio ayuda a recordar a los defensores y las defensoras de las garantías fundamentales que enfrentan a diario agresiones, y contribuye a reforzar nuestra convicción de que es necesario un movimiento global para lograr una responsabilidad corporativa de los derechos humanos, reclamando políticas económicas y sociales que les den prioridad y desafíen la apropiación de las instituciones democráticas por parte de las empresas.
*Directora ejecutiva de ProDESC y ganadora del Premio Martin Ennals, conocido como el
Nobel de los derechos humanos, por su labor en defensa de las garantías fundamentales de trabajadores y comunidades indígenas y agrarias.
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