Consulta popular a partir del tercer año de gobierno
Roberto Garduño y Enrique Méndez
Periódico La Jornada
Viernes 28 de septiembre de 2018, p. 9
Viernes 28 de septiembre de 2018, p. 9
La bancada de Morena en la Cámara de Diputados propuso ayer una reforma a la Constitución para incluir la figura de revocación de mandato del presidente de la República como mecanismo para
exigir cuentas y responsabilidadesal jefe del Ejecutivo y
permitir a la ciudadanía sustituir democráticamente a gobernantes elegidos popularmente.
En tribuna, al explicar el alcance de la propuesta, la diputada Merary Villegas Sánchez afirmó:
En democracia, los ciudadanos hacen posible con su voto que una persona ejerza el poder, pero si ésta falla en su propósito, distorsiona el camino o pierde el rumbo, cuando cometa acciones que denigren su investidura o vayan en contra de nuestra soberanía y principios fundamentales como nación, la sociedad tiene el derecho de revocarle su mandato.
Morena pretende modificar el artículo 108 constitucional, para que el presidente pueda ser removido de su cargo a partir de una consulta popular que se realice una sola vez cada sexenio, a partir del tercer año de gobierno. Sin embargo, al tratarse de una reforma a la Constitución, se requiere primero el voto de las dos terceras partes de los diputados, luego el mismo porcentaje de senadores y finalmente la aprobación del Constituyente Permanente, es decir, que la avale la mayoría de los congresos de los estados.
El procedimiento que propuso Morena –y que se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales– es que la revocación de mandato se solicite ante alguna de las dos cámaras del Congreso de la Unión en el primer periodo del segundo año de la legislatura.
La consulta podrá ser convocada por el Congreso, a solicitud del propio jefe del Ejecutivo, el 33 por ciento de los integrantes de alguna de las cámaras o por ciudadanos, en el equivalente a 33 por ciento de los votos válidos de la elección presidencial.
El proceso estaría a cargo del Instituto Nacional Electoral (INE) y se prevé que la revocación se determine por mayoría absoluta de votos a favor, siempre que concurra a la consulta al menos 40 por ciento de electores inscritos en la lista nominal.
La iniciativa considera que, en caso de determinarse la revocación, el presidente contará con un plazo de 30 días naturales para impugnar ante la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Si la orden de revocación de mandato que emita el INE no es impugnada, o bien el tribunal rechaza el recurso presentado por el Ejecutivo, la sala superior declararía procedente el proceso, que cesaría en sus funciones en un plazo improrrogable de 60 días.
En ese plazo, el Congreso de la Unión se erigiría en colegio electoral para nombrar a un presidente sustituto, con el requisito de que se presenten a la sesión respectiva las dos terceras partes de senadores y diputados, y que la resolución sea por mayoría absoluta.
Con esta reforma, el presidente conserva intactas sus facultades como jefe de Estado y jefe de gobierno, pero el destino de la nación siempre estará en la decisión de los ciudadanos, señaló Villegas Sánchez.
Por otra parte, durante la sesión, Morena presentó una iniciativa de ley sobre el régimen de capitalidad de Ciudad de México, que incluya la obligación de incluir para la capital fondos en el Presupuesto de Egresos de la Federación equivalentes a 0.25 por ciento de la recaudación federal participable.
También considera que el presidente de la República pueda remover al mando de la fuerza pública capitalina por causas graves como rehusarse a brindar auxilio a los poderes federales y cuando no garantice medidas para la operación de éstos, incluida la protección de sus recintos.
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