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martes, 13 de abril de 2010
México SA
Renaut y mercado negro
Confidencialidad de mentiritas
Defensor de los usuarios
Carlos Fernández-Vega
Con el pretexto de cuidar y defender los intereses de los ciudadanos ante el crimen organizado”, el inquilino de Los Pinos y los legisladores apretaron aún más el registro y control de los que dicen “representar”. Difícilmente el Renaut alcanzará los objetivos propuestos (abatir los índices de secuestro, extorsión, defraudación y conexos), pero lo que de entrada sí lograron fue fortalecer el mercado negro de teléfonos móviles y de chips piratas, los cuales, sin menor esfuerzo, se encuentran en buena parte de la ciudad de México, entre otras.
Por si fuera poco, otro logro inmediato de los esmerados “cuidadores” del interés ciudadano fue desnudar públicamente la rigurosa falta de garantía y confiabilidad en eso de “resguardar” la información personal de sus “representados”. Muestra de ello es que los “candados” y las “extremas medidas de seguridad” de la clave única de registro de población (CURP) sirvieron para puras vergüenzas, por mucho que el presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, Héctor Osuna, considere que “algunos” se dieron de alta en el Renaut con datos falsos como resultado, dijo, de “bromas o mala fe”.
Simplemente para documentar nuestro optimismo (Monsiváis dixit), van dos ejemplos sobre cómo debe proceder el Legislativo cuando los intereses ciudadanos están de por medio, actitud que, desde luego, no se verá en México. El primero de ellos es sobre una iniciativa del Ejecutivo chileno más o menos en línea con el Renaut del inquilino de Los Pinos y amigos que lo acompañan. A la hora de tomar decisiones (de rechazo, obviamente), el Senado de aquel país sudamericano argumentó lo siguiente:
“La disposición (del Ejecutivo) vulnera la garantía constitucional del derecho a la intimidad y privacidad de las personas. La existencia de esta norma podría derivar en abusos por parte de algunos fiscales, puesto que no contarían con un contrapeso como lo son los jueces de garantía. La iniciativa facultaba a los fiscales para requerir directamente a las concesionarias de servicio público telefónico, sin autorización judicial previa, la localización y los datos de tránsito de las comunicaciones, el número de origen y destino y la duración de éstas. Para ello, las empresas deberían conservar, a lo menos por un año, la información y datos citados. Asimismo, se obligaba a las concesionarias de telefonía móvil a mantener un registro actualizado de las personas a las que presten sus servicios, independiente de si se trata de clientes con un plan contratado o con sistema de prepago”.
Además, “es inaceptable que el Ministerio Público pueda acceder directamente al tráfico de llamadas de los usuarios de telefonía móvil, pues ello vulnera la intimidad y privacidad de las personas. La norma que obliga a inscribir los teléfonos celulares no sólo puede derivar en la existencia de un mercado negro por parte de delincuentes, sino en dificultades para que usuarios de zonas apartadas puedan cumplir con esa obligación. El Senado defiende el derecho a la privacidad de la inmensa mayoría de los chilenos”, no sin advertir sobre el “mal uso que podrían hacer los fiscales de esta atribución; tiene que existir un contrapeso”.
Los legisladores coincidieron en que “debe buscarse una fórmula que permita perseguir a quienes cometen delitos a través de teléfonos (móviles) robados, pero ello no puede vulnerar la garantía constitucional de respeto y protección a la vida privada. (Hay que cumplir) la posibilidad de velar por las garantías y a la vez perseguir a delincuentes. Una iniciativa como ésta debió necesariamente haber sido analizada por la Comisión de Constitución (en México la aprobó la Comisión de Telecomunicaciones), pues vulnera el Código de Procedimiento Penal, en tanto da facultades diferentes a las que tienen los fiscales. Todas las iniciativas que afecten el ordenamiento jurídico debieran ser derivadas a la Comisión de Constitución, pues en este caso, de haber sido aprobado el proyecto existían altas posibilidades de que fuera declarado inconstitucional”.
Autorizar la pretensión del Ejecutivo, argumentó, podría fomentar “que se solicite información sin necesidad de justificar la investigación que lleva a cabo. El proyecto no sólo daña la privacidad de las personas, sino que generará una serie de problemas para los usuarios de celulares de prepago de zonas alejadas del país, que deberían inscribirlos obligatoriamente. La privacidad y la intimidad es un derecho fundamental de la sociedad y en ese sentido, esta es una mala iniciativa. Nadie duda de la necesidad de combatir el delito y la sustracción de teléfonos móviles, pero se debe fortalecer el derecho a la privacidad”.
El segundo caso es de la siempre bella Colombia, cuyos legisladores aprobaron la creación del “Defensor del Usuario de Telefonía Móvil”, algo por demás impensable en México, donde la supuesta autoridad siempre va en pos del beneficio empresarial (“democracia de, por y para los empresarios”, como diría Vicente Fox). Así, el Congreso colombiano decretó: “los operadores que presten servicios de telefonía móvil deberán contar con un defensor del usuario. El defensor tendrá como funciones ser vocero de los usuarios o suscriptores ante el respectivo operador de telefonía móvil y conocer y resolver de forma objetiva y gratuita las quejas individuales, dentro de los términos establecidos, que estos le presenten relativas a un posible incumplimiento por parte del operador, de las normas legales o internas que rigen el desarrollo o ejecución de los servicios o productos que ofrecen o prestan, o respecto de la calidad de los mismos”.
De igual manera, “ejercerá sus funciones con absoluta independencia de los organismos de administración del operador de telefonía móvil y deberá garantizar la total imparcialidad y objetividad en la resolución de las quejas sometidas a su conocimiento. El defensor no podrá desempeñar en la entidad para la cual fue designado como tal, su matriz, sus filiales o subsidiarias, funciones distintas a las previstas en la ley y en la presente ley y no podrá desempeñar sus funciones como tal, simultáneamente en varios operadores de telefonía móvil” (¿Héctor Osuna entenderá esto?).
Las rebanadas del pastel
¿Y en México? Registro y control de los ciudadanos, nada más. Total, puede esperar la depuración de los cuerpos de “seguridad”, los mismos que están involucrados hasta el cuello en los delitos que dice combatir el Renaut… Un fuerte y solidario abrazo a Gabriela Fonseca, por la lamentable pérdida de su señor padre.
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